El Ayuntamiento de Calp ha presentado un recurso de reposición contra una resolución de la Agencia Valenciana Antifraude que determina la existencia de irregularidades en el proceso de contratación de un evento de promoción turística que tuvo lugar en la localidad en 2019. El Consistorio defiende que el proceso se ajusta a derecho y arguye que la agencia ha omitido a la hora de elaborar la resolución final las alegaciones que presentó la institución municipal en su defensa.
Se trata de unas jornadas de promoción turística dirigidas a propietarios y directivos de agencias de viajes y otros intermediarios y profesionales del ámbito turístico del Reino Unido que la Concejalía de Turismo consideró necesario celebrar en la localidad en el último trimestre de 2019 tras detectar un descenso en el número de visitantes británicos ese verano ante la incertidumbre causada por el Brexit. Para la organización del evento, que se celebró del 25 al 28 de noviembre de 2019 se decidió contratar a una empresa para lo que se llevó a cabo un proceso de licitación con carácter urgente, del que resultó adjudicataria la mercantil Jet2Holidays Limited por un importe de 24.793,39 euros (sin iva).
La Agencia Valenciana Antifraude, que empezó a investigar esta licitación a partir de una denuncia anónima, considera en su resolución final que la empresa presentó la documentación requerida fuera de plazo y que el contrato para la realización del evento se formalizó con posterioridad a la celebración de estas jornadas.
En el recurso de reposición, el Ayuntamiento aduce en primer lugar que se ha producido “una gran indefensión” al no haber tenido en cuenta las alegaciones que presentó el consistorio el 9 de febrero de 2021 después de que la agencia le hubiera remitido un informe provisional de la investigación. Estas alegaciones estaban basadas en dos informes técnicos, uno de la Jefa del Área de Régimen Interior y el otro del Jefe de Área de Promoción Económica y responsable del contrato.
Por otro lado, señala el Consistorio en el recurso de reposición que la empresa adjudicataria sí presentó la documentación dentro de plazo. En este sentido, explica que mediante decreto de la alcaldesa del 15 de noviembre de 2019 se resolvió aceptar la propuesta de la mesa de contratación a favor del licitador Jet2holidays Limited y se le requirió a este que presentara la documentación necesaria en el plazo de 10 días hábiles, plazo que concluyó el 29 de noviembre. La empresa presentó la documentación el 26 de noviembre, por tanto, “en tiempo y forma, siendo la adjudicación conforme a derecho”.
En relación a la formalización del contrato, el consistorio reconoce que tuvo lugar con posterioridad a la celebración del evento, el 27 de diciembre de 2019, y señala que “estaríamos ante un simple defecto formal, cuyo incumplimiento no tiene consecuencia alguna, ni puede reputarse como causa de nulidad de pleno derecho y que presentada la documentación por la mercantil en tiempo y forma procedía en todo caso la adjudicación”.
Mediante el recurso de reposición el Ayuntamiento solicita a la Agencia Valenciana Antifraude que revoque la resolución final de esta investigación y que reelabore una nueva teniendo en cuenta las alegaciones formuladas por el consistorio calpino que insiste en que el procedimiento de contratación llevado a cabo se ajusta a la normativa legal en materia de contratación pública.