Esta semana entra en vigor la ordenanza modificada en el pleno del Ayuntamiento que permite bonificar hasta un 50% la cuota del IBI por la instalación de sistemas de aprovechamiento de energía solar.
La bonificación se aplicará en un 50% en el recibo del IBI de los tres primeros años al de la finalización de las obras de instalación con un máximo de 400€ y del 25% en los dos periodos impositivos siguientes con un límite máximo de 200€.
Para acceder a estas bonificaciones será necesario que los inmuebles beneficiados sean destinados a viviendas, que dispongan de potencia mínima instalada de 2 kw por cada 100 m2 de superficie construida y que la instalación de sistema de energía solar no sea obligatoria por la normativa de construcción. La bonificación se podrá aplicar como máximo a dos viviendas del mismo titular.
El plazo de aplicación de esta bonificación comprenderá desde el periodo impositivo siguiente a aquel en que se inicien las obras hasta el posterior a la terminación de las mismas, siempre que durante ese tiempo se realicen obras de urbanización o construcción efectiva, y sin que, en ningún caso, pueda exceder de tres periodos impositivos.
A las obras iniciadas con anterioridad a la entrada en vigor de la ordenanza les será aplicable la bonificación prevista que reste desde la finalización de la obras hasta los cincos años bonificables. Las bonificaciones se solicitarán a través de SUMA.
Con esta medida desde el Ayuntamiento se pretende promover y facilitar la transición energética y establecer estímulos para favorecer la instalación de estos sistemas de aprovechamiento de energía solar.