El Departamento de Jardines del Ayuntamiento de Calp ha plantado más de cincuenta árboles en la zona de las Salinas que corresponden a ejemplares adquiridos a través de la fórmula del Mecenazgo Verde. Los ejemplares plantados son moreras que crearán un espacio de sombra en el paraje de Las Salinas.
El procedimiento de Mecenazgo Verde, recogido en la Ordenanza de Protección del Medio Urbano de Calp, establece que para la tala de árboles en Suelo Urbano es necesaria la obtención de un permiso de tala tramitado en los Servicios Municipales de Medio Ambiente y la autorización prevé la cesión al ayuntamiento por parte del interesado de tres ejemplares, por cada árbol talado, de las especies y tamaños indicados.
La misma ordenanza establece que la construcción de nuevas edificaciones conllevará la obligación de cesión al Ayuntamiento de Calp de ejemplares de árboles de las especies y tamaños especificados. Además en función del tipo de construcción se establecen los ejemplares a entregar, así en el caso de nuevos inmuebles de uso unifamiliar de entregan 5 ejemplares por vivienda, en el caso de los nuevos inmuebles de uso plurifamiliar son 2 ejemplares por vivienda y en el caso de nuevos inmuebles de uso hotelero1 ejemplar por habitación.
Se calcula que a través de este procedimiento el Ayuntamiento adquiere unos 1300 ejemplares de árboles cada año para replantarlos en distintas zonas del municipio. A través del Mecenazgo Verde contemplado en la ordenanza los vecinos pueden involucrarse de una manera muy directa en la defensa de la naturaleza, es una figura muy extendida en algunos países y consiste en que los ciudadanos pueden donar árboles, sugerir dónde quieren que el Ayuntamiento los plante y recuperar espacios concretos y convertirlos en jardines.
Se distinguen dos tipos de mecenazgo verde: el zonal, que es el destinado al diseño y plantación de espacios concretos, contemplándolos como un todo y el mecenazgo verde individual, que consiste en la cesión de especies vegetales individuales para su posterior plantación por parte del Ayuntamiento.
Por otra parte, cabe destacar que el Ayuntamiento regula en la propia ordenanza las especies que se pueden donar, siendo las idóneas las que se desarrollan de manera natural, adaptadas al clima y al régimen hídrico, no pueden ser donadas las especies invasoras incluidas en el decreto 2013/2009 del Consell.

